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Caso ANDIS: la Justicia sobreseyó al jefe de sistemas de Suizo Argentina

La Sala 1 de la Cámara Federal determinó la inexistencia de dolo en la conducta del técnico durante los allanamientos por presuntas coimas.

Caso ANDIS: la Justicia sobreseyó al jefe de sistemas de Suizo Argentina

La Cámara Federal dispuso el sobreseimiento de Hernán Daniel Díaz, jefe de sistemas de la droguería Suizo Argentina, en el marco de la causa que investiga presuntas coimas en el área de discapacidad de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS). La resolución fue dictada por los integrantes de la Sala 1 del tribunal de alzada, Pablo Daniel Bertuzzi, Mariano Llorens y Pablo Yadarola.

El empleado técnico había quedado salpicado en la investigación bajo la imputación del delito de desobediencia a un funcionario público tras un procedimiento de allanamiento realizado en la empresa. Durante la inspección, el encargado del área informática se negó a realizar el blanqueo y la entrega de las contraseñas de los correos electrónicos corporativos requeridos por las autoridades.

Frente a los efectivos judicializados, el imputado argumentó que no iba a llevar a cabo la liberación de las claves por no contar con la autorización previa de los dueños de la droguería. En abril de este año, Díaz defendió la validez de su postura al momento de prestar declaración formal y presentar un escrito explicativo ante el juzgado.

Al evaluar el caso, los camaristas Bertuzzi y Yadarola consideraron que la conducta analizada "resulta incompatible con la existencia de una voluntad general de desconocer la autoridad judicial", puesto que el propio abogado de la firma comercial le había indicado que no tenía la obligación legal de ejecutar esa cooperación.

Por su parte, Llorens adhirió al fallo al sostener que la intervención del empleado "respondía exclusivamente a sus conocimientos técnicos en materia de sistemas y no podía, por ello, discernir por sí mismo si la asistencia requerida en ese punto era, o no, jurídicamente exigible a su persona". Con estos fundamentos, la alzada cerró el expediente respecto al técnico por "no poder afirmarse la existencia del dolo requerido por el tipo penal previsto".

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