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Los cambios rigen desde enero, se aplican al primer semestre de 2026 y pueden generar devoluciones en los sueldos.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero publicó las nuevas escalas y deducciones del Impuesto a las Ganancias que se aplican a trabajadores en relación de dependencia durante el primer semestre de 2026. La actualización rige desde el 1° de enero y habilita a los empleadores a recalcular las retenciones correspondientes a los salarios de ese mes.
Con los nuevos valores, el piso para comenzar a tributar se ubica en $2.490.038 mensuales netos para un empleado soltero sin hijos. En el caso de una persona casada con dos hijos, el umbral asciende a $3.302.179, mientras que un casado sin hijos comienza a pagar desde $2.894.000.
Las escalas y deducciones se ajustan de manera semestral según la inflación. La variación acumulada entre julio y diciembre de 2025 fue del 14,29%, porcentaje que se aplica a los parámetros vigentes entre enero y junio de 2026. En ese marco, la ganancia no imponible para el semestre se eleva a $5.151.802,50. La deducción por cónyuge alcanza los $4.851.964,66, la deducción por hijo llega a $2.446.863,48 y la deducción especial se fija en $18.031.308,76.
En cuanto a la escala anual acumulada, el primer tramo de ganancia neta imponible —hasta $2.000.030,09— tributa una alícuota del 5%. A partir de allí, las tasas avanzan de manera progresiva hasta llegar al 35% para ingresos superiores a $60.750.913,96.
Dado que la aplicación de las nuevas tablas es retroactiva al 1° de enero, si los empleadores ya liquidaron salarios con las escalas vigentes en 2025 deberán realizar un recálculo y devolver en el próximo pago los montos retenidos en exceso. En algunos casos, la corrección puede impactar en el siguiente recibo de sueldo, mediante una devolución directa del impuesto.

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