Tras la condena contra Cristina Kirchner dictada por la Corte Suprema de Justicia, la diputada del PRO, Silvana Giudici, propuso una ley que busca bloquear la posibilidad de indulto, amnistía o conmutación de penas para personas condenadas por delitos contra la administración pública. El proyecto, respaldado por otros legisladores del mismo bloque, abarca causas como corrupción, tráfico de influencias y enriquecimiento ilícito.
"Los graves hechos de corrupción cometidos por funcionarios públicos que han tomado público y notorio conocimiento, y que actualmente tramitan en distintas instancias judiciales hacen necesario precisar las herramientas legislativas a fin de evitar que resulten interferidas, luego de resueltas las condenas, por eventuales futuras decisiones políticas", argumentó Giudici.
La iniciativa fija que no podrán ser objeto de beneficios legales quienes hayan sido condenados por delitos como abuso de autoridad, violación de deberes de funcionario público, cohecho, negociaciones incompatibles con la función y enriquecimiento ilícito. Entre las firmas que acompañaron el texto figuran las de Sabrina Ajmechet, Martín Ardohain, Emmanuel Bianchetti, María Eugenia Vidal, Florencia de Sensi, Germana Figueroa Casas, Sofía Brambilla y Gerardo Milman.
Giudici recordó además que la ex presidenta Cristina Kirchner fue condenada a seis años de prisión por administración fraudulenta, y mencionó las condenas del ex vicepresidente Amado Boudou, y de los ex funcionarios José López y Ricardo Jaime. También hizo referencia a las causas conocidas como Hotesur y Cuadernos.
En los fundamentos del proyecto, la legisladora citó el artículo 36 de la Constitución Nacional, que, según indicó, "pone en evidencia a la corrupción administrativa como uno de los problemas más graves de las democracias en general y de la Argentina en particular y dispone de medidas para combatirla, por estar intrínsecamente unida a la vigencia del orden constitucional".
También sostuvo que, si bien la Carta Magna otorga al Poder Ejecutivo la posibilidad de conceder indultos en causas federales o nacionales, “dicha facultad no es absoluta”. En ese sentido, citó antecedentes de la Corte Suprema como “Arancibia Clavel”, “Simón” y “Mazzeo”, que, a partir de su interpretación marcaron límites a esas atribuciones “en función de la gravedad y daño institucional que provocan”.