La consultora del analista Jorge Giacobbe consulto a 2500 personas durante el 24 y 28 de julio.

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El Gobierno decretó que los bancos podrán embargar las cuentas sueldo para el cobro de préstamos. La medida surge del decreto de simplificación y desburocratización que incluye varios cambios regulatorios para el sistema financiero.
Dicho decreto remarca que "al establecer la inembargabilidad de manera objetiva sobre la cuenta y no sobre el salario se reduce la calidad crediticia de los ahorristas que únicamente poseen una cuenta sueldo y (se) perjudica su acceso al crédito". El Banco Central sostuvo que esa limitación hace que los bancos reduzcan la oferta crediticia sobre los titulares de cuentas sueldo.
Hasta ahora, estaba establecido que los embargos sobre los salarios debían reclamarse al empleador para que hiciera las retenciones. Los bancos no podían aplicarlos directamente sobre las cuentas sueldo.
El Banco Central explicó que al permitir esos embargos "aumentará la calidad crediticia y el acceso al crédito de alrededor de nueve millones de titulares" de este tipo de cuentas, ya que ahora, en casos de incumplimiento de los pagos, los bancos podrán cobrar sus préstamos. Al reducirse los riesgos a los que están expuestas las entidades bancarias, generará un aumento en el otorgamiento de créditos, con mayores montos y tasas más bajas.
El monto que se podrá embargar será "el equivalente a tres veces el salario promedio recibido por el trabajador en los últimos seis meses". Según expresó el BCRA, "al cliente que no le puedan embargar la cuenta, le ofrecerán peores condiciones, tanto en tasa de interés como en montos de los créditos".
El decreto modificó también la ley de casas y agencias de cambio para brindar más flexibilidad al sistema para que se puedan hacer operaciones "a toda hora, en lugares comunes y cualquier día de la semana" y elimina trámites burocráticos para la exportación de billetes extranjeros".
La consultora del analista Jorge Giacobbe consulto a 2500 personas durante el 24 y 28 de julio.
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