Se trabajó en barrios de la Capital y del Valle de Lerma, también en Tartagal, Pichanal, San Carlos, General Güemes y Rosario de la Frontera.

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El juez federal Gustavo Lleral confirmó que los teléfonos del hermano mayor de Santiago Maldonado, Sergio, y de otras personas cercanas al joven fallecido habían sido "pinchados". Se ordenó la destrucción de todos los audios y registros obtenidos.
Las escuchas habían sido ordenadas por el primer juez que tuvo la causa, Guido Otranto. Además de Sergio Maldonado, investigaban las comunicaciones de Ariel Mariotto Garzi (amigo del artesano), a Claudina Inés Pilquimán (dirigente mapuche) y a Marcela Anarda Stocovaz (persona vinculada a la comunidad mapuche). Las conversaciones estuvieron intervenidas hasta el 30 de septiembre de 2017, momento en que Lleral tomó las riendas de la causa.
Lleral destacó en el fallo que "a partir de haber sido dejadas sin efecto dichas interceptaciones, las mismas fueron excluidas como elementos de juicio en el presente expediente, sobre todo en atención a los argumentos que motivaron aquella resolución, estrictamente vinculados con el resguardo del derecho a la intimidad y demás derechos esenciales de las víctimas, todos de raigambre constitucional".
El titular del Juzgado Federal de Rawson sostuvo que "la exclusión mencionada se cumplió a tal punto que ni siquiera fueron agregados al expediente los últimos soportes magnéticos de las grabaciones efectuadas", las que sí se reservaron en secretaría "sin que se realizaran ni ordenaran las transcripciones del contenido".
"La decisión de intervenir los teléfonos de los nombrados estaba reñida con derechos humanos superiores y que no armonizaban con el procedimiento de habeas corpus", indicó en el fallo.
"El magistrado antecesor ordenó una medida que afectaba indiscutiblemente el derecho a la intimidad de los ciudadanos, expresión indiscutible de la libertad de un individuo", agregó el juez.
Además, insistió en que "ninguna de las personas cuyas comunicaciones telefónicas fueron judicialmente intervenidas, revestía el carácter de imputada o sospechosa".
Subrayó que "la invasión de la privacidad del hermano de la víctima no era la única opción disponible, ni siquiera la adecuada. Había otras alternativas para lograr la recolección de datos e informaciones conducentes al hallazgo de Santiago Maldonado".
Según el juez, si Otranto "tenía conocimiento de que las personas a quienes intervino sus líneas telefónicas sabían o poseían datos útiles para la búsqueda de Santiago Maldonado, debió haberlos convocado para escucharlos, al menos como testigos, medida elemental que hubiera resultado menos revictimizante y más razonable".
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